SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012

Fecha: 20-Ago-2012

II.5.

II.5.  Por memorial de 26 de abril de 2012 (fs. 41 y vta.), el imputado, invocando su derecho a la libertad personal y el derecho a la justicia pronta y oportuna prevista en el art. 115.II del CPE, impetró cumplimiento del principio de celeridad en el proceso y tramitación de su apelación incidental contra la medida cautelar, que fue resuelta por Auto de Vista 43 de 16 de abril de 2012, que ratificó el Auto de 5 de marzo de 2012 y confirmó el Auto venido en apelación de 20 de enero de 2012, por haber sido planteado fuera de término, con el argumento de que -en aplicación de los arts. 125 y 130 del CPP, al ser normas especiales respecto de las previstas en la Ley de Organización Judicial que son generales- la solicitud de explicación, complementación y enmienda fue presentada fuera del primer día hábil.