SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012

Fecha: 20-Ago-2012

i)

         “Esa situación genera: i) Incertidumbre sobre el alcance de la decisión emitida; ii) No se apega a las formas de resolución de una acción de libertad según lo previsto por el art. 69.II de la LTCP,  que son: conceder o denegar, sin que exista la forma de resolución de “improcedencia”, así como tampoco observa el contenido y forma de resolución regulado en el art. 70 de la LTCP; y, iii) Resta la efectividad en la protección constitucional”.