SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2012

Fecha: 20-Ago-2012

a)

Haciendo uso del derecho a la réplica dijo: a) El informe de la autoridad codemandada no desvirtúa la vulneración de sus derechos y garantías; y, b) Las acciones de defensa previstas en la Constitución Política del Estado tienen como objeto reparar la omisión de derechos y garantías fundamentales, siendo el amparo constitucional la única forma de enmendar los derechos de la empresa que representa.