SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III.7.  La seguridad jurídica

Nuestra Ley Fundamental ya no contempla a la seguridad jurídica como derecho fundamental sino como un principio que sustenta la potestad de impartir justicia emanada del pueblo conforme señala el art. 178 de la CPE; la SC 1063/2011-R de 11 de junio, que cita la jurisprudencia de España, a través de la STC 3/2002 de 14 de enero, señala: “…la seguridad jurídica es un principio general del ordenamiento jurídico y un mandato dirigido a los poderes públicos que no configura, sin embargo, derecho fundamental alguno a favor de los ciudadanos que pueda interesarse en el proceso constitucional de amparo'”.