SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2012
Fecha: 22-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por la empresa que representa alega la vulneración de su derecho al ejercicio del comercio, la garantía al debido proceso y a los principios a la seguridad jurídica y al de preclusión, por cuanto una vez que se adjudicaron la Licitación Pública Nacional 022/2009, respecto al Lote I de la misma, encontrándose ejecutoriada, el Alcalde Municipal de Tarija remitió los antecedentes al Concejo de ese Municipio, quienes desde su radicatoria cometieron ciertas irregularidades, habiendo procedido a emitir la Resolución Municipal 249/2009 de 22 de diciembre, ampliando el plazo para su correspondiente pronunciamiento respecto a la aprobación o rechazo del contrato de adjudicación, pronunciando la Resolución Municipal 009/2010 de 19 de enero, fuera de plazo, rechazando el contrato de adjudicación con el argumento de no haberse dado cumplimiento con los requisitos preestablecidos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al constituirse en un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- Fragmento 15
- son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no,
- dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada;
- los actos deben provocar en el Tribunal la convicción plena de que el accionante está de acuerdo con el acto reclamado;
- III.3.
- sin traer a colación ni a reclamar el tema que ahora es motivo de la presente acción de amparo constitucional;
- APROBAR