Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.2..
II.2..El 26 de febrero de 2009, María Inés Peralta Moscoso, plantea incidente de oposición al desapoderamiento, en atención a su calidad de comodataria del inmueble objeto del litigio, donde señala que se encuentra plenamente facultada para interponer dicha oposición, a la cual por decreto de 27 del mismo mes y año se la rechaza (fs. 1546 a 1548).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2..
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) Derecho a la defensa:
- i)
- c)
- i) Derecho fundamental:
- ii) Garantía jurisdiccional:
- a) Seguridad jurídica:
- III.3. El debido proceso y su triple dimensión
- III.4. La apelación y los principios de pertinencia y congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- por falta de pertinencia y
- concedido