SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0934/2012

Fecha: 22-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alega la vulneración de los derechos de la institución a la que representa al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, por cuanto como consecuencia de dos procesos, uno ejecutivo seguido por el Banco Cochabamba S.A. en Liquidación contra Emilio Valencia Espada y Adela Rico de Valencia; y otro laboral seguido por Miguel Terrazas Menacho contra el primer aludido, la Jueza Segunda de Partido del Trabajo y Seguridad Social, ordenó el desapoderamiento del inmueble objeto del litigio, que se encontraba en manos de una tercera persona (comodataria).

En virtud a la referida orden, el Banco de Cochabamba S.A. en Liquidación opuso incidente de oposición a desapoderamiento mereciendo la Resolución 59 de 2 de abril de 2009, que declaró probado el incidente; Miguel Terrazas Menacho -ex trabajador- apeló la determinación, habiendo asumido conocimiento la Sala Social y Administrativa que pronunció el Auto de Vista 428/9 de 22 de julio de 2009, mismo que fue emitido efectuando una valoración errónea de los antecedentes del proceso y aplicando de manera incorrecta los códigos sustantivo y adjetivo en materia civil, provocado daños irreparables al Banco. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de la accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.