SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2012

Fecha: 22-Ago-2012

un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo

           La libertad es el bien jurídico más preciado después de la vida, ninguna persona puede estar detenida más allá de lo dispuesto por la autoridad jurisdiccional o disposición legal; por ello a momento de fijar audiencia de cesación los jueces deben observar la modulación de los plazos razonables en las diferentes sentencias constitucionales, considerando su carácter vinculatorio; la libertad individual es un valor incuantificable que tiene el hombre para ejercer sus propias actividades, tanto físicas como morales, en atención a sus necesidades; este razonamiento también se refleja en la SCP 0110/2012 de 27 de abril, que al respecto menciona: “…las autoridades que conozcan las solicitudes de cesación de la detención preventiva, tienen la obligación de tramitarlas con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de plazos razonables, más su aplicabilidad en la praxis no ha sido objeto de cumplimiento de parte de los juzgadores, lo cual amerita que la frase 'plazo razonable´, tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad. En este entendido, el plazo razonable para la realización de la audiencia de análisis, consideración y resolución del beneficio de la cesación de la detención preventiva, será el término máximo antes señalado, incluidas las notificaciones pertinentes, lo contrario constituye vulneración del derecho a la libertad, en el entendido en que los jueces no pueden obrar contra los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad (art. 73 y ss. de la CPE), bajo el argumento de existencia de 'sobrecarga procesal´ para justificar una negligencia e incumplimiento de un deber de servicio a la sociedad” (las negrillas son nuestras).