SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2012

Fecha: 22-Ago-2012

I.3.1.1. Hechos que motivan la acción.

Su representada es propietaria de 5.000 m2. ubicado por la carretera Puerto Suárez - Arroyo Concepción, entre la avenida Mariscal Sucre y Emilio Keller, por inmediaciones del surtidor “El Chapaco”, zona sur del municipio de Puerto Suárez, encontrándose completamente alambrado en todo su perímetro, cuyo derecho propietario se encuentra inscrito en los registros de DD.RR. de la provincia Germán Busch, bajo la matrícula 7.14.1.01.0001975, A-1, acompañando prueba de su dominio e indicando que este predio lo ha venido poseyendo en forma pacífica continuada y pública.

El 2 de enero de 2010, Mario Alfredo Peláez Descarpontriez, apoyándose en una Resolución Fiscal dentro de un proceso penal que sigue contra Jaime Cruz Arandia Osinaga “y viceversa”, así como el seguido por Mario Alfredo Peláez Descarpontriez contra Jorge Jáuregui Durán “y viceversa” por los delitos de robo, lesiones y tentativa de homicidio, sin ninguna competencia, irrumpió en su lote de terreno, pintando los postes que sostiene la alambrada e impidiendo su ingreso al mismo, alegando que serían suyos y que así el entonces Fiscal de Distrito lo había ordenado. Por lo cual, no existiendo otro medio pronto y eficaz para la protección de sus derechos, acudió de manera directa a la acción de amparo constitucional.