SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0964/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.7.
II.7. Dentro de la demanda de reincorporación interpuesta el 21 de diciembre de 2007 por el accionante contra SETAR S.A. Subsistema Bermejo, tramitado en el Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo, a través de acta de conciliación de 15 de enero de 2008, suscrito entre las partes; Conrado Inarra Paz, Jefe División Administrativa acordó contratar al accionante, por seis meses para tareas en el “Área Comercial y de Distribución”, iniciando el 21 de enero de 2008, con sujeción a la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario y demás disposiciones conexas, se acordó también colaborar al accionante para que pueda ser contratado de forma definitiva, la conciliación no implicó el reconocimiento de su reincorporación; por su parte, el accionante se comprometió a presentar desistimiento de su demanda, así como retirar su denuncia ante “el Jefe Regional de Trabajo” (117 a 124 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- la acción de amparo constitucional, tiene finalidad protectora de derechos y garantías fundamentales; sin embargo, la misma no puede ni debe ser desnaturalizada en su esencia de ser una acción de defensa de derechos fundamentales, extraordinaria y de rango constitucional, motivo por el cual en casos en que a través de esta acción tutelar, se pedía el cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas, como si fuese un medio coercitivo o compulsivo destinado a ese fin; éste Tribunal a través de la SC 1526/2010-R de 11 de octubre, señaló que: '…el amparo constitucional como acción de defensa de derechos fundamentales es una garantía constitucional, y no un mecanismo coactivo de cumplimiento de resoluciones o decisiones de autoridades públicas…'.
- 'el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional, impide conocer un asunto en el que se impetre la ejecución de una sentencia, resolución o fallo, pues esa labor le corresponde al órgano que lo emitió (…)
- III.3. El Derecho de petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- 2°