SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2012

Fecha: 22-Ago-2012

II.5.

II.5.                         Testimonio 111/2009 de 11 de septiembre, referido a protocolización sobre modificación de Estatuto y reglamento de la personería jurídica denominada “Asociación de Transportistas Fluviales Nicolás Suárez” cuyo art. 7.V, condiciona en el ingreso de una nueva chalana en el siguiente sentido: “La creación de un nueva línea es potestad exclusiva de la asamblea, pudiendo ésta hacerlo siempre que el movimiento de pasajeros se incremente y que las actuales en su conjunto resulten insuficientes” concordante con el art. 8.II, que establece que: “El servicio que presta la asociación está compuesto de 33 chalanas de las cuales 5 son de 15 pasajeros y 28 de 10 pasajeros” (fs. 57 a 63 vta.).