Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2012-RCA
Fecha: 19-Sep-2012
a)
Los accionantes no presentaron la documentación que acredite: a) La personalidad jurídica de la institución a la que representa; y, b) Su personería jurídica. De la revisión de actuados se evidencia que no se constata el Testimonio de Poder 410/2012 de 31 de julio de 2012, que faculta a los representantes de la institución Roberto Villarroel Barrero, Francisco Rubén Morales Quisbert y Marco Antonio López Saucedo para interponer la presente acción.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- IMPROCEDENTE in limine
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia del amparo constitucional
- proceder
- improcedencia
- en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna,
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto
- a)
- 2) Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su presentante legal y el de los terceros interesados
- 3
- 4) Exponer con claridad los hechos
- 5
- 7) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados
- 2º DISPONER