SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2012
Fecha: 05-Sep-2012
a)
La autoridad demandada, presentó informe escrito cursante a fs.34, precisando los siguientes aspectos: a)Dentro el proceso penal que sigue Enrique Alfonso Pacello y Rosemary Casasola Soto de Valdez contra Oscar Pacello Aguirre y otros por los delitos de abuso de confianza y apropiación indebida, el 9 de mayo del año en curso, emitió Auto Interlocutorio admitiendo la querella y aplicando medidas cautelares de carácter real; b) La Resolución señalada, fue apelada por Oscar Pacello Aguirre, pero de la lectura del memorial,no solo observo la medida cautelar de carácter real, también hizo referencia a la admisión de la querella, observando la personería de los querellantes, en tal razón; es decir, al existir dos observaciones, principalmente la referente a la personería de los querellados, tomó la determinación de no instalar la audiencia de conciliación que estaba señalada para el 21 de mayo a horas 18:30, esto en apego al principio del debido proceso y no en forma arbitraria.
La autoridad demandada, presentó informe escrito cursante a fs.34, precisando los siguientes aspectos: a)Dentro el proceso penal que sigue Enrique Alfonso Pacello y Rosemary Casasola Soto de Valdez contra Oscar Pacello Aguirre y otros por los delitos de abuso de confianza y apropiación indebida, el 9 de mayo del año en curso, emitió Auto Interlocutorio admitiendo la querella y aplicando medidas cautelares de carácter real; b) La Resolución señalada, fue apelada por Oscar Pacello Aguirre, pero de la lectura del memorial,no solo observo la medida cautelar de carácter real, también hizo referencia a la admisión de la querella, observando la personería de los querellantes, en tal razón; es decir, al existir dos observaciones, principalmente la referente a la personería de los querellados, tomó la determinación de no instalar la audiencia de conciliación que estaba señalada para el 21 de mayo a horas 18:30, esto en apego al principio del debido proceso y no en forma arbitraria.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el recurso de apelación incidental
- III.3.De la objeción a la querella como medio idóneo para cuestionar la personería y legitimación del querellante
- III.4. Del caso concreto
- REVOCAR