Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2012
Fecha: 05-Sep-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 276/11 de 8 de agosto de 2011, cursante de fs. 248 a 254, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Roberto Rómulo Coronado Díaz contra Wilbur Daza Gutiérrez, Marcela Rita Ortiz Torricos, Rodrigo Erick Miranda Flores y Delma Miranda Arancibia, ex Vocales y Vocales, respectivamente, de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior -ahora Tribunal Departamental de Justicia-; y Pedro Flores Medina, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, todos del Distrito Judicial -hoy departamento- de Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.Sobre la nulidad de actos procesales, consideraciones de orden legal y jurisprudencial
- no es posible invocar la nulidad de la notificación por no haber sido personal, pues los actos procesales son válidos en la medida en que cumplen adecuadamente la finalidad que conllevan,
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR