SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2012

Fecha: 05-Sep-2012

III.4. Análisis del caso concreto

En el caso objeto de análisis y de la compulsa de los antecedentes se establece que el accionante invoca la vulneración de sus derechos a la  defensa, al  debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la propiedad; toda vez que, no fue notificado con la demanda del proceso de usucapión seguido en su contra, interponiendo “incidente de nulidad de obrados por falta de citación con la demanda”(sic), que fue rechazado a través de los Autos 1232/2009 y 017/2010, lesionando sus derechos fundamentales; por lo cual, solicitó la nulidad de los citados fallos, hasta ser notificado con la demanda de usucapión.

De acuerdo a la problemática planteada y de los antecedentes que cursan en obrados, se deduce que el accionante alegó no tener conocimiento del proceso de usucapión seguido por Felipe Nava Díaz y Lidia Ferreira de Nava contra su persona, porque no fue notificado con la demanda ya que dicha diligencia se practicó en un domicilio falso; y que como resultado de un proceso de nulidad de escrituras contra Felipe Nava Díaz y otros, dicho demanda había concluido con Sentencia 3 de diciembre de 2004, emitida por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial que declaró nulas y sin valor legal las transferencias realizadas. Ante su indefensión interpuso incidente de nulidad de obrados por falta de citación con la demanda, que fue rechazado en las dos instancias a través de los Autos 1232/2009  y 017/2010.