SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2012
Fecha: 05-Sep-2012
I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado ratificó in extenso el contenido de la acción planteada, en la que también señaló que la ejecución de la “sentencia” del amparo constitucional que dispuso el desalojo del “movimiento sin lote” (sic) fue defectuosa en lo que respecta a los derechos de Ricardo Chávez Masai, puesto que la exclusión no fue cabalmente cumplida (fs. 777). Después de la intervención de la parte demandada y del tercero interesado, con el derecho a réplica, manifestó que el representante de Humberto Echalar Flores no desvirtuó ni justificó la presencia de efectivos policiales en predios del actual accionante. Y en cuanto a lo alegado por el abogado del tercer interesado indica que no logró entender lo que manifestó, porque no encontró punto de conexión con el actuar de la policía; además que, con relación a la Resolución en la acción de amparo constitucional interpuesta por esta parte, no se pretende su modificación, sino al contrario, el accionante la sigue sosteniendo y alegando esa “sentencia” como parte del caso (Fs. 784).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la propiedad
- III.2. Del incumplimiento a las resoluciones emitidas en acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- “Se llama la atención al Tribunal de garantías por el tratamiento brindado en el tramite de la presente acción con relación al supuesto “tercer interesado” por lo que se deja sin efecto cualquier determinación aprobada a favor o en contra el indicado
- 2º