Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.3.
II.3. Por acta notarial de 9 de junio de 2010, evidencia que los abogados en representación de Ricardo Chávez Masai junto con la Notaria de Fe Pública 62 del Distrito Judicial de Santa Cruz, se hicieron presentes en el lote de terreno de propiedad del representado, donde “José Terán”, Oficial de Policía, indicó que los efectivos policiales están en el lugar para resguardarlo y al no haber orden superior al respecto, no puede permitir el ingreso de personas no autorizadas al lote de terreno antes mencionado. (fs. 21 y vta.)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la propiedad
- III.2. Del incumplimiento a las resoluciones emitidas en acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- “Se llama la atención al Tribunal de garantías por el tratamiento brindado en el tramite de la presente acción con relación al supuesto “tercer interesado” por lo que se deja sin efecto cualquier determinación aprobada a favor o en contra el indicado
- 2º