SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1070/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II. 4.
II. 4. Por Sentencia 185/07 de 3 de diciembre de 2007, el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, declaró probada parcialmente la demanda ejecutiva, referente a María Patricia Navarro Wieler e improbada en relación a la Empresa “Aqualand SRL”. Asimismo, declaró probada la excepción sobre falta de personería opuesta mediante memorial “de fs. 134 a 135 y vta” del expediente original, imponiendo además el pago de costas procesales a la deudora principal y al ejecutante Manfredo David Irigoyen Pacheco, a favor de la empresa “Aqualand SRL” (fs. 105 a 106 vta.; y 235 a 236 vta.), Resolución que posteriormente fue revocada en parte, mediante Auto de Vista de 12 de junio de 2008, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Superior, declarando probada la demanda ejecutiva en todas sus partes, contra María Patricia Navarro Wieler y la empresa “Aqualand SRL”, por lo que, se declaró improbada la excepción de impersonería, opuesta por escrito de “fs. 134 a 135 vta” (fs.237 a 240).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Ampliación de demanda de amparo constitucional
- I.1.4. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedieron
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II. 4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- los abogados, ahora accionantes,
- III.3. Sobre el pago de honorarios profesionales a los abogados patrocinantes
- los accionantes en su calidad de abogados patrocinantes de la empresa efectivamente ejecutada, no “recuperaron” monto alguno
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR
- 4°