Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.3.
II.3. El Auto 33/2009 de 28 de enero, emitido por la Sala Civil y Comercial Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental- de Santa Cruz, que resuelve la apelación interpuesta, confirmando el Auto 641/08 (fs. 630 vta. inclusive); notificado el 2 de marzo de 2009 (fs. 634).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la naturaleza de la acción de
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. En cuanto al derecho al debido proceso acusado de vulnerado
- III.3.2. En
- III.3.3. En cuanto al trámite procesal de la presente acción tutelar
- notificando a una persona en abril y a otras dos en agosto de 2010
- 2º