Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante señala que se vulneró su derecho al debido proceso porque las autoridades demandadas no fundamentaron en forma adecuada sus resoluciones, los Autos de Vista 33/09 y 20/09, omitiendo pronunciarse sobre todos los motivos de su apelación. Por la revisión de antecedentes es preciso primero pronunciarse sobre la decisión asumida por el Tribunal de garantías a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; y en segundo lugar, realizar las observaciones correspondientes a la forma del trámite que se ha dado a la presente causa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la naturaleza de la acción de
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. En cuanto al derecho al debido proceso acusado de vulnerado
- III.3.2. En
- III.3.3. En cuanto al trámite procesal de la presente acción tutelar
- notificando a una persona en abril y a otras dos en agosto de 2010
- 2º