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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

    II.19.

    II.19.  El 31 de agosto del citado año, se cursó informe del Comité Electoral a los miembros electos del consejo de administración y consejo de vigilancia de COTEL Ltda., a través del cual se hizo conocer la determinación de anular las elecciones en la circunscripción 2 para el Consejo de Administración y en la circunscripción 4 para el Consejo de Vigilancia (fs. 98 a 101).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las personas demandadas
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • I.2.4.
    • concedió
    • 2)
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.10.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.19.
    • II.21.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.   Normativa aplicable en las elecciones de la COTEL Ltda.
    • El socio legalmente habilitado puede impugnar a los candidatos inscritos mediante memorial fundamentado con firma de abogado adjuntando documentación de respaldo fehaciente en originales o copias legalizadas hasta hrs. 12:00 de los días 19 y 20 de agosto de 2010
    • III.5.   Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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