Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.3.
II.3. El 12 de diciembre de 2012, el responsable de Asesoría Jurídica de la Diócesis de El Alto, en respuesta a la solicitud de exhibición de documentos de propiedad, remitió al Comité Impulsor de Saneamiento de Tierras de la Comunidad Sullcata; testimonio que da fe del derecho propietario que tiene la Parroquia de Guaqui sobre los terrenos que ocupa, ratificado por autoridad judicial, cuando se intentó desconocer este derecho por alguna familia del lugar, registrado en DD.RR.; agrega que se realiza actividad agrícola en "Calluchani", por lo que cumple función social (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y configuración procesal de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección excepcional de la acción de amparo constitucional al derecho de propiedad privada prescindiendo de la subsidiariedad frente a medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR