Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.7.
II.7. El Comité Impulsor de Saneamiento de Tierras de la comunidad Sullcata y otros, mediante nota dirigida a Jesús Juárez Párraga, entregada el 31 de enero de 2012, señaló que se esperó la respuesta de lo acordado con el padre Justino y Celso, pero que no recibieron ninguna propuesta hasta ese día, por lo que hacen conocer que la propuesta de la comunidad es la entrega total del terreno de Calluchani, de la infraestructura para un centro de procesamiento de lácteos y un centro de experimentación y mejoramiento de ganado vacuno y centro de capacitación de artesanía para jóvenes de ese cantón (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y configuración procesal de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección excepcional de la acción de amparo constitucional al derecho de propiedad privada prescindiendo de la subsidiariedad frente a medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR