Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1179/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.4.
II.4. El Área de Discapacidad, Rehabilitación y Habilitación Biopsicosocial dependiente de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud y Deportes, emitió el certificado ADRHBPS 631 de 15 de septiembre de 2009, en el cual se determina que Arelli Soto Velasco, fue valorada el 24 de noviembre de 2008, dentro del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad (PRUN-PDC), presenta una discapacidad múltiple (física, motora e intelectual) con un grado muy grave de 94% (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no procede,
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- Fragmento 8
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.
- Artículo 2°.- (Modificación)
- III.4. Análisis del caso concreto
- situación que deberá ser debidamente acreditada,
- Fragmento 17
- concedido
- REVOCAR