SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012

Fecha: 06-Sep-2012

1)

Alex Justiniano Schwarm y Ramón Darío Ibáñez Calderón, Presidente y Vocal de la Comisión Liquidadora de FINDESA SAM, presentaron informe escrito cursante de fs. 25 a 26 vta. indicando que, el 16 de agosto de 1994, mediante instrumento público 54/94, otorgado por ante Notaria de Fe Pública Juany Zamora Rodríguez, FINDESA SAM otorgó crédito hipotecario a Juan Flores Escobar e Isidora Poma de Flores, por la suma de $us15 400.- (quince mil cuatrocientos dólares estadounidenses), con la garantía de las siguientes propiedades rústicas: 1) El ex fundo Santo Rosario y anexo Tipuani, de 25 ha, inscrita bajo la partida computarizada 010123212, folio 46896 de 18 de marzo de 1985; 2) El ex fundo Santa Rosario, de 25 ha, inscrita bajo la partida computarizada 010123013, folio 46724 de 16 de junio de 1987; y, 3) Propiedad rústica en el cantón Tocomechi, provincia Warnes, inscrita bajo la partida computarizada 010179754, folio 82386 de 30 de mayo de 1994; ante el incumplimiento del plan de pagos por los prestatarios, el mes de septiembre de 1995, la financiera inicia proceso ejecutivo, llegando hasta el estado de subasta y remate de dos de sus tres propiedades.

Cabe aclarar que en el proceso ejecutivo los demandados plantearon incidente con los mismos argumentos, habiendo sido resuelto por el juez a quo con la negativa de la solicitud, de esta manera utilizó los recursos de manera incorrecta, por otro lado no agotó las vías para plantear  la presente acción, toda vez que se encuentran pendientes dos Autos de adjudicación de los inmuebles subastados; de lo analizado es aplicable la subsidiariedad de la presente acción de amparo constitucional.