SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012

Fecha: 06-Sep-2012

deniega

Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 40/2010 de 26 de octubre, cursante a fs. 35 y vta., por la que deniega la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: i) Asencio Flores Escobar, presentó un incidente de nulidad de obrados el mismo que fue rechazado por Jesús Chuquimia Zeballos, Juez Noveno de Partido Civil y Comercial, mediante Resolución de 27 de julio de 2008, la misma que fue confirmada por Edgar Terrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, Vocales de la Sala Civil Segunda, quienes no han sido incluidos en la presente demanda; y, ii) Este Tribunal carece de competencia para disponer la nulidad o validez de dicho Auto de Vista dictado por los Vocales, habida cuenta de que ellos no se encuentra en calidad de demandados.