SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

“La acción de amparo constitucional, se encuentra establecida en el art. 128 de la CPE, como una acción tutelar de defensa 'contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley'.

De acuerdo a la disposición constitucional citada, el amparo constitucional es una acción de defensa de todos los derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental, en los Pactos y Tratados sobre Derechos Humanos ratificados por nuestro Estado Plurinacional, salvo los derechos a la libertad y a la vida -cuando éste se encuentre vinculado a la libertad-, que está bajo la protección de una acción específica como la acción de libertad.

En consecuencia: 'las garantías constitucionales son instituciones jurídico constitucionales que tienen por finalidad proteger y amparar a las personas en el ejercicio de sus derechos fundamentales, contra cualquier exceso, abuso o arbitrariedad provenientes de personas particulares, de autoridades públicas o judiciales'.