SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2012

Fecha: 06-Sep-2012

Fragmento 31


En ese orden, de la revisión del Auto de Vista 042/2012, se constata que el Tribunal de apelación, omitió completamente atender a los puntos impugnado por la defensa de Arnulfo Cortez Gonzáles y Mayerling Cortez Álvarez, lo que se puede comprobar de la reducida argumentación de hecho y de derecho que sustentó la decisión de improcedencia del fallo, la que se redujo a establecer lo precedentemente glosado, limitándose a sostener que el peligro de obstaculización se refleja por haber colaborado en la fuga de Mauricio Rosales Miranda, concluyendo por ello en la probabilidad de autoría o participación el hecho atribuido, sin referirse a la denuncia sobre la errónea valoración de la prueba por parte del a quo; tampoco respecto a la falta de pronunciamiento sobre los indicios de complicidad o encubrimiento y menos sobre el hecho que Mauricio Rosales Miranda no era denunciado ni imputado, se omitió demostrar la existencia de elementos referidos a la estafa; así como el análisis del art. 398 del CPP, al que estaban obligados los integrantes del Tribunal de alzada.