SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III.4.1. Respecto de la actuación de Simón Alarcón Vásquez, Juez de Instrucción Mixto de Buena Vista

           Esta autoridad judicial aclaró en su informe que una vez concluida la vacación judicial, remitió el cuaderno procesal al Juzgado de Instrucción de Yapacaní, ya que su actuación fue únicamente como Juez de turno y que remitió al Tribunal Departamental de Justicia la apelación incidental, con la debida celeridad, argumentando constar esa circunstancia en los respectivos cargos de recepción (4 de junio de 2012).

           De obrados, se evidencia que existe una nota dirigida al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través de la cual se remite fotocopias legalizadas en grado de apelación incidental los actuados procesales relativos al proceso penal por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas seguido por el Ministerio Público contra Diego Fernando Cardona Ramírez, Carlos Enrique Barbosa Arias, Primo Gustavo Caballero Silva, Víctor Bezerra Paiva y José Antonio Cabrera Merino, que ingresó a ese despacho judicial por encontrarse de turno en la vacación judicial colectiva.