SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1330/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1330/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.

II.2. La ahora accionante, por memorial presentado el 18 de noviembre de 2011, interpuso recurso de apelación impugnando el Auto de 9 de septiembre de ese año, alegando que la interpretación que la Jueza hizo del art. 194 del CPC, va contra el principio de congruencia y que está al margen de la citada disposición legal, cuando de su lectura en concordancia con el art. 1451 del CC, lo dispuesto por una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, causa estado a todos los efectos entre partes, sus herederos y causahabientes, además de haber forzado la interpretación de la comunidad ganancial del patrimonio adquirido, sin considerar que los terrenos de la escritura pública de Medardo Paz Plata se encuentran en l< manzana signada con la letra “E”, diferente a los terrenos que le fueron transferidos y están ubicados en la manzana “F”, alejándose de la motivación, fundamentación y el principio de congruencia (fs. 319 a 320).