SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2012

Fecha: 19-Sep-2012

b)

b) Asumir las medidas respectivas que permitan a la Gestora Pública de Seguridad Social a largo plazo, organizar e iniciar el cobro de las deudas a las personas o empresas, que incurran en incumplimiento de aportes de forma periódica; en vista de que las acciones legales generalmente se inician cuando los afiliados recurren a la entidad gestora para obtener una prestación y no así de forma anticipada para evitar el retraso en el pago; además de informar a los afiliados cuando no se realice el depósito efectivo de las primas a sus cuentas.