Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1372/2012
Fecha: 19-Sep-2012
Fragmento 30
En consecuencia, confirmando el Fundamento Jurídico III.3., corresponde igualmente fundar el reconocimiento del Fundamento Jurídico III.3.1 y III.3.2, en función de declarar válida y eficaz la valoración de la prueba y los efectos de la cosa juzgada, en mérito a que el Fiscal General de la Policía Boliviana, rechazó la solicitud de impugnación de la Resolución 700/2010, opuesta por el accionante, argumentando que la vía administrativa había sido agotada y que la Resolución se encontraba ejecutoriada, con la aclaración de que no se procedió al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso
- III.3. La repercusión y alcance de la seguridad jurídica
- Fragmento 16
- III.4.La protección del derecho al trabajo
- III.5. De la garantía de la presunción de inocencia
- III.6. Sobre el principio de legalidad
- Fragmento 20
- III.7.En cuanto a interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 22
- La valoración de la prueba atribución exclusiva de los tribunales ordinarios
- Fragmento 24
- órganos judiciales o administrativos
- Fragmento 26
- III.8. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- Fragmento 30
- denegado
- CONFIRMAR