Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1372/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. El 7 de noviembre de 2007, Eloy Cortez Condori, presentó denuncia contra el accionante, en la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional de la Policía Nacional, adjuntando documento privado de compromiso de pago de deuda suscrito el 30 de junio de 2007, en el cual declara adeudar la suma de $us1200 (un mil doscientos dólares estadounidenses 00/100), para que el accionante consiga el ingreso del hijo del denunciante a la ESBAPOL de El Alto, denuncia en base a la cual, se procede a la apertura del caso 771/07 el 9 de noviembre de 2007 (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso
- III.3. La repercusión y alcance de la seguridad jurídica
- Fragmento 16
- III.4.La protección del derecho al trabajo
- III.5. De la garantía de la presunción de inocencia
- III.6. Sobre el principio de legalidad
- Fragmento 20
- III.7.En cuanto a interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 22
- La valoración de la prueba atribución exclusiva de los tribunales ordinarios
- Fragmento 24
- órganos judiciales o administrativos
- Fragmento 26
- III.8. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- Fragmento 30
- denegado
- CONFIRMAR