Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1440/2012
Fecha: 24-Sep-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 304/2010 de 1 de diciembre, cursante de fs. 785 a 787 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, sin haberse ingresado al fondo del asunto.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
- III.2. El principio de inmediatez que rige a la acción de amparo
- III.3. Elementos esenciales de la pretensión de amparo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR