SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1496/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1496/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.3.1.

De la revisión de antecedentes procesales, se extrae que la institución accionante no ha demostrado de manera objetiva la existencia de actos o medidas de hecho que hubieren realizado los demandados; es decir, no adjuntó, ningún medio de prueba sustentable que demuestre que efectivamente violentaron los candados y chapas del inmueble de propiedad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jesús Nazareno Ltda., conforme se tiene señalado en el memorial de demanda, donde denuncian que a través de esas acciones de hecho han sido víctimas de avasallamiento y despojo; y en ese sentido -según el memorial de acción de amparo constitucional- presentaron denuncia ante la Fiscalía del Distrito de Roboré, -no existe prueba de ello en obrados- por la presunta comisión del delito de despojo y otros; empero, dicha denuncia no puede ser considerada como prueba para que se conceda la tutela por medidas de hecho, dada la naturaleza jurídica del proceso penal, que requiere una sentencia condenatoria ejecutoriada para acreditar ese extremo, circunstancia que no se dio en el caso de autos; consecuentemente, no se tiene acreditado el primer requisito para que este Tribunal Constitucional Plurinacional pueda considerar la lesión a sus derechos por vías de hecho.