Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1529/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.6.
II.6. Según certificación de la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) de Quillacollo de Cochabamba, de 27 de diciembre de 2011, se evidencia que Gualberto Félix Arroyo Sanabria tiene inscrita a su nombre la propiedad ubicada en Marquina “Sanja” Pata, cantón El Paso, provincia Quillacollo (fs. 70 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- plantear recursos constitucionales
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Excepción a la subsidiariedad del amparo constitucional
- se rigen por las leyes nacionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR