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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1530/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1530/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    II.4.

    II.4.  De las planillas de control se advierte la imposición de varias multas a los afiliados, entre ellos al accionante; sin embargo, éste reconoce adeudar al Sindicato, por concepto faltas y atrasos, sólo Bs 350.- (trescientos cincuenta bolivianos), advirtiendo que ello no debería impedirle trabajar (fs. 22 a 36).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Con relación a la vulneración del derecho al debido proceso
    • III.2.2. Respecto al derecho al trabajo
    • III.2.3. El principio del vivir bien con relación al derecho al trabajo
    • III.2.4. Derecho a la igualdad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 1st
    • 2º  Disponer

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