Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1530/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.5.
II.5. Ante la negativa de la regularización de la venta de hojas de ruta y la reposición de su nombre en las planillas de control diario, el accionante realizó depósitos de dinero en la cuenta del Sindicato Mixto de Auto Transporte “Valle Hermoso” durante los meses de octubre a diciembre de 2011 y de enero a marzo de 2012, por concepto de venta de hojas de ruta que cada socio debe realizar mensualmente a objeto de que se le extiendan las mismas, habiendo cancelado un monto total de Bs 720.- (setecientos veinte bolivianos), sin que se le haya entregado hoja de ruta alguna durante ese tiempo (fs. 65 a 66).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Con relación a la vulneración del derecho al debido proceso
- III.2.2. Respecto al derecho al trabajo
- III.2.3. El principio del vivir bien con relación al derecho al trabajo
- III.2.4. Derecho a la igualdad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1st
- 2º Disponer