Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1534/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denuncia la vulneración de la garantía al debido proceso, al juez natural, a la defensa y al principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y 8.I y II de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Respecto de la notificación personal con la imputación formal
- la omisión o la inefectiva citación o notificación con la primera Resolución que se dicte respecto de las partes y las sentencias y resoluciones de carácter definitivo, son las que provocarían en todo imputado el desconocimiento del proceso o generarían la imposibilidad de impugnar las resoluciones desfavorables, generando de esta forma un absoluto estado de indefensión que no condice con el espíritu garantista de sistema procesal penal boliviano”
- III.3. Análisis del caso concreto
- 19 de abril de 2012
- debió ser realizada de forma personal y en caso de no haber sido encontrado en su domicilio real
- 2º