SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2012
Fecha: 24-Sep-2012
i)
Lincoln Bowles Oliva, representante de la Compañía Nacional de Gas Santa Cruz S.A., mediante informe escrito cursante de fs. 296 a 301 vta., manifestó: i) Que, en conocimiento de la acción de amparo constitucional, se apersonó como tercero interesado; ii) Mediante minuta de 27 de agosto de 2003, de Walter Cairo Vargas, en representación de Carlos Pedraza Pedraza, adquirió la parcela de tierra signada con el número 70, con una extensión de 27 ha, que se encuentra registrada en DD.RR. bajo el folio real 7012010012101 de 17 de febrero de 2004, predios que fueron dotados por el ex Consejo Nacional de Reforma Agraria a favor de Carlos Pedraza Pedraza, por Resolución Suprema 155498 de 25 de enero de 1971, y título ejecutorial e individual 607266, otorgado por Hugo Banzer Suarez, entonces Presidente de la República de Bolivia, el 9 de mayo de 1973; iii) Estando en posesión de la tierra desde su adquisición, la cual fue alambrada y colocó postes de madera, existiendo una vivienda familiar habitada por los caseros y familiares asalariados; iv) El 8 de julio de 2010, sujetos que responden a los nombres de Pánfilo Montaño Peña, Martha Morón de Peña, Rafael Solano Egüez y Gloria Silvia Eid Rueda de Pinto, afirmaron ser propietarios de una pequeña fracción de las tierras de propiedad de la mencionada Compañía, ingresando a los predios con una motoniveladora, derrumbaron parte de la parcela con actos vandálicos que fueron impedidos por parte de los caseros y trabajadores asalariados que custodiaban el predio; v) Siendo la única víctima la Compañía que representa, por los abusos y atropellos perpetrados por parte de los ahora accionantes; y, vi) Que los accionantes no han tenido la más mínima posesión del fundo rústico, mucho menos realizaron mejora alguna como una barda o un alambrado, peor haber tenido ganado en un pequeño terreno de 4378 m², destruyendo parte de nuestro alambrado con el propósito de desalojar a los trabajadores de la Compañía.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del avasallamiento y la propiedad privada
- III.3. Los hechos controvertidos no pueden ser dilucidados por la jurisdicción constitucional
- III.4. Modulación de los efectos
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º