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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1580/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1580/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • improcedencia
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • En caso de duda deberá atender a los principios constitucionales así como a los principios generales del derecho procesal
    • III.2.1.  Sobre la vigencia de valores plurales supremos, previstos          en nuestra Ley Fundamental
    • III.3.  Alcances y limites sobre la intervención de terceros en el proceso civil, su relación con el art. 50 del CPC
    • Para ello deberá apersonarse al proceso a efecto que se le reconozcan dentro la causa principal, sus derechos o intereses, que considere agraviados con la decisión judicial, ejercitando su derecho a accionar presentando todo medio o recurso legal que la ley le franquee a su favor,
    • “Se garantiza el sistema de impugnación en los procesos judiciales”
    • III.5.1. La suscripción del contrato de préstamo con garantía, la demanda ejecutiva, citación a los ejecutados y medios de defensa asumidos
    • Fragmento 23
    • III.5.2. Intervención de los accionantes en el proceso ejecutivo, medios de defensa empleados a efectos de reclamar sus derechos
    • III.5.3. Sobre la resolución dictada por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, que dio lugar al Auto de Vista hoy acusado de lesivo
    • Fragmento 26
    • III.5.4. La función contralora del Tribunal de alzada, respecto de  la actuación del Juez a quo y el deber de cumplir su rol fiscalizador
    • APROBAR

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