SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2235/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2235/2012

Fecha: 08-Sep-2012

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Las autoridades demandadas, informaron que la Sala Penal Primera, compuesta por sus personas, dictó el Auto de Vista 33/2012, revocando la Resolución del Juez a quo porque el imputado ya había presentado excepción de falta de acción con los mismos fundamentos de la excepción de cosa juzgada, todo a conformidad de lo señalado en la última parte del art. 315 del CPP. El accionante pretende utilizar la jurisdicción constitucional como otra instancia de la jurisdicción ordinaria; además, a esta última le corresponde la valoración de la prueba y no así a la primera.