SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014

Fecha: 03-Ene-2013

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 190/2013 de 1 de agosto, cursante de fs. 275 vta. a 279, por la que concedió la tutela impetrada, disponiendo la nulidad de los Auto de Vista 37 de 22 de febrero y 96 de 15 de abril, ambas de 2013, ordenando emitirse una nueva resolución, en estricto apego de las observaciones efectuadas por el citado Tribunal, en base a los siguientes fundamentos: 1) Los Autos de Vista 37 y 96, no están debidamente motivadas, son incongruentes y carecen de pertinencia, en tal sentido, los Autos Supremos 314 de 23 de octubre de 2002 y 216 de 2 de octubre de 2006, precisaron los alcances de la congruencia y la motivación de las resoluciones judiciales; asimismo, el accionar de las autoridades judiciales demandadas, incumplió lo dispuesto por los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 115 de la CPE; y, 2) El Tribunal de apelación no brindó una respuesta adecuada a los agravios alegados por el ahora accionante y tampoco valoró todas las pruebas llevadas a su consideración; por lo tanto, tales vulneraciones deben ser reparadas, labor que debe ser cumplida por la misma jurisdicción ordinaria.