SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2013

Fecha: 17-Ene-2013

II.3.

II.3.  Mediante providencia de 1 de diciembre de 2009, la Jueza demandada solicitó informe a la Secretaría del Juzgado sobre si se condenó al pago de costas a la parte querellante (fs. 4.), que mereció el informe de 7 de noviembre de 2009 (fs.5) en sentido de que: a) En la parte resolutiva de la sentencia se ha impuesto al pago de costas entendidos como honorarios profesionales y valores que habría utilizado el imputado; b) El Auto de Vista 66/2006, anula totalmente la sentencia y ordena reposición del juicio, en el que no se impone el pago de costas a ninguna de las partes; c) El Auto Supremo deja sin efecto el Auto de Vista recurrido, en el que no se impone el pago de costas a ninguna de las partes; y, d) La Resolución 184/07 declara improcedente el recurso de apelación planteado por el Banco Central de Bolivia, en el que no se impone el pago de costas a ninguna de las partes.