SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

denegó

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 124 de 29 de agosto de 2012, cursante de fs. 708 vta. a 714, denegó la acción de amparo constitucional, con base en los siguientes fundamentos: i) No reclamó con oportunidad todos los fundamentos que ahora pretenden hacer valer en esta acción de defensa; es decir, que no se han agotado los recursos ni las instancias legales, lo que determina la “improcedencia”; ii) Respecto a la incompetencia de la Juez que ahora se reclama debió interponerse un recurso directo de nulidad, por lo que tampoco se ha agotado esa vía; iii) No se identificó en qué forma particular se ha vulnerado el debido proceso; y, iv) Las auto restricciones establecidas por el Tribunal Constitucional en la SC 0343/2010-R de 15 de junio, tiene la función de delimitar la jurisdicción constitucional y la jurisdicción ordinaria; y los accionantes no han cumplido en indicar cuál es la relevancia constitucional de su causa, si existió una valoración indebida de la prueba o una errada interpretación de la ley.