SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

III.2.  Sobre la legitimación activa

La SCP 1890/2012 de 12 de octubre, realizó la siguiente precisión: La Constitución Política del Estado en su art. 129, conceptualiza y fundamenta quién ostenta legitimación activa, señalando: 'I. La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente…'.