Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1211/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
II.2.
II.2. Cursa el informe acusatorio 161/07 de 15 de noviembre de 2007, efectuado por la abogada investigadora de Régimen Disciplinario del entonces Consejo de la Judicatura, sugiriendo la imposición de una sanción a Gilberto Carlos Blanco Quisbert, a la accionante, y a Sandra Quezada Cuba, Presidente, Jueza y Secretaria, todos, del Tribunal Quinto de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, de un mes de suspensión sin goce de haberes y a Patricia Marca Salgado ex Auxiliar de dicho Tribunal, una severa llamada de atención (fs. 34 a 38 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- valor justicia
- se agregan otros elementos que hacen al debido proceso como garantía general y que derivan del desarrollo doctrinal y jurisprudencial de éste como medio para asegurar la realización del valor justicia
- III.2.2. Derecho a la defensa
- III.2.3. El principio de la seguridad jurídica
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- probada la acusación contra Nancy Bustillos Burgoa de Altuzarra, por incurrir en la comisión de la falta prevista en el art. 40.6 de la LCJ
- CONFIRMAR