SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1237/2013-L
Fecha: 10-Oct-2013
II.10.
II.10. Por memoriales de 19 de marzo y 12 de abril, ambos de 2010, el Banco “BISA” S.A. solicitó aprobación de remate y adjudicación de títulos accionarios subastados (fs. 234 y vta. y 239 y vta.), por lo que el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial pronunció el Auto 114/10 de 15 de abril de 2010, que aprobó el acta de subasta, remate y adjudicación, disponiendo que una vez que se acredite la ejecutoria del referido Auto, se le otorgue a la agencia “BISA BOLSA” S.A. la minuta de transferencia y testimonio de las piezas principales del proceso (fs. 240); Auto 127/10 de 22 de abril de 2010, por el cual el referido Juez, enmendó y complementó el Auto 114/10 en el sentido de que la adjudicación de títulos accionarios correspondía al coactivante Banco “BISA” S.A. debiendo en este caso, tenerse como adjudicatario de los títulos accionarios objeto de la subasta y remate a dicha entidad bancaria (fs. 242).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
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- el art. 129.I de la Norma Suprema, resalta que: 'La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- En ese sentido, no es exigible la argumentación númerus clausus en las demandas de amparo constitucional, sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.3. Análisis del caso concreto