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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2013

    Fecha: 04-Oct-2013

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.La legitimación pasiva en la acción de libertad
    • III.2.La acción de libertad y la tutela del derecho a la vida
    • que su vida está en peligro,
    • vida, integridad física
    • configurándola como una garantía esencial que, además de la libertad, resguarda el derecho a la vida como bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano
    • III.3.El derecho a la vida de los privados de libertad
    • lo que incluye por supuesto a las personas privadas de libertad
    • será tratada con el debido respeto a la dignidad humana”
    • “La persona privada de libertad es un sujeto de derechos que no se halla excluido de la sociedad.  Puede ejercer todos los derechos no afectados por la condena o por esta
    • sin lesionar el derecho a la dignidad de las personas y menos sus derechos a la vida o a la integridad física;
    • La restricción de otros derechos, por el contrario - como la vida, la integridad personal,
    • derechos que se mantienen incólumes o intactos, que no pueden limitarse ni suspenderse a pesar de que el titular se encuentre sometido al encierro, dado a que son inherentes a la naturaleza humana, tales como la vida
    • En los términos del artículo 5.2 de la Convención toda persona privada de libertad tiene derecho a vivir en condiciones de detención compatibles con su dignidad personal y el Estado debe garantizarle el derecho a la vida y a la integridad personal. En consecuencia, el Estado, como responsable de los establecimientos de detención, es el garante de estos derechos de los detenidos
    • III.4.La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.5.Análisis del caso concreto
    • denegar

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