SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1754/2013
Fecha: 21-Oct-2013
a)
El abogado de la accionante en audiencia, ratificó el contenido de la demanda, señalando además: a) Es verdad que la familia Vilca es heredera, tiene una propiedad en el lugar y son colindantes de la única heredera de Andrés Higueras; b) Es falso que no se haya realizado acta de conformidad de colindancias, es así que se presenta la misma firmada entre Dámaso Vilca Castrillo y Eleuteria Julia Higueras Estrada de Zenteno y que fue presentada al proceso; c) Es falso que la accionante no esté pagando impuestos, se presenta el formulario único de pago de impuestos del mes de febrero de 2013; y, d) El abogado de los demandados, dice que son poseedores no titulados, si hubiera un derecho controvertido tendrían que presentar como prueba de usucapión o de deslinde, si Eleuteria Julia Higueras Estrada de Zenteno hubiese solicitado una certificación de superficie, se debió presentar en esta audiencia una acción de nulidad de mejor derecho controvertido; la accionante realizó el proceso prejudicial de aclaración de superficie y con ello subsanó cualquier duda, la prueba es el certificado de 6 de noviembre de 2012, y luego se aclaró con el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, en un proceso ordinario con sentencia ejecutoriada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Sobre las medidas de hecho
- La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- cuando se atribuya a los demandados haber incurrido en vías de hecho y exista aceptación de los hechos denunciados por parte de estos, o los mismos no los desvirtúen en forma debida, tendrá que concederse la tutela
- derecho a la propiedad
- derecho a la seguridad personal
- III.5. Análisis d
- CONFIRMAR en todo